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Feminismo en la Corte

“Las mujeres feministas hemos logrado a lo largo de la historia grandes conquistas para nosotras”


En diversos ámbitos en donde las mujeres hemos sido borradas como consecuencia del patriarcado, el feminismo ha logrado cuestionar y derrocar las barreras que nos impiden ser reconocidas en diversos ámbitos y, por ejemplo, una de las instituciones más patriarcales hasta el día de hoy, es el derecho. Históricamente, el derecho ha sido utilizado como un arma de coerción social que favorece a los intereses de ciertos grupos privilegiados. En el siglo XIX fueron las corrientes liberales las que contextualizaron el establecimiento de los derechos fundamentales. Altamente influenciados por esta racionalidad jurídica, los únicos titulares de estos derechos fueron los hombres blancos y propietarios, quienes contaban exclusivamente con categoría de ciudadanía. Posteriormente, gracias a la lucha de miles de mujeres feministas alrededor del mundo, se dio el reconocimiento jurídico de las mujeres como titulares de derechos humanos, nosotras hemos sido las protagonistas de esta lucha. Sin embargo, este ha sido solo uno de los

pasos para garantizar a las mujeres en igualdad de condiciones formales

y materiales, así como en el disfrute pleno de sus derechos.

Justamente la fuerza e influencia del feminismo en el derecho,

ha permitido instaurar dentro de los sistemas jurídicos actuales

regímenes mínimos de reconocimiento y protección, en pro de disminuir la

desigualdad que nos oprime por nuestro sexo y género; sin embargo, esta

lucha ha sido constante e inacabada hasta el día de hoy. Con mayor énfasis en los últimos años, fruto del feminismo, se ha desarrollado

una fuerte tendencia hacia la incorporación de nuevas normas jurídicas y su

jurisprudencia internacional, regional y nacional en pro de las mujeres.

No obstante, debido a la alta codificación del lenguaje jurídico, estas herramientas difícilmente llegan a mujeres, jóvenes y niñas sin conocimiento especializado en temas de derecho. Esta sección especial de nuestra revista ha nacido justo por la inquietud de mujeres jóvenes abogadas, respecto a la problemática que representa que las resoluciones que nos incumben queden olvidadas en tomos de expedientes y salas de tribunales.

La intencion es fungir comouna especie de traductoras del lenguaje técnico jurídico a un lenguaje ciudadano, analizando las resoluciones de tribunales internacionales, regionales, nacionales y estatales de mayor importancia para las mujeres, para que sepan sus alcances, su cumplimiento, los hechos que las generaron, los derechos que protegen y en general, las opiniones de nuestras autoridades jurisdiccionales respecto a ciertas problemáticas de interés, así como sus obligaciones de hacer cumplir los estándares de mayor protección en materia de derechos humanos de las mujeres. Esperamos cumplir con este objetivo, siéntanse en la libertad de sugerirnos por medio de nuestras redes sociales el análisis de sentencias de temas que resulten de su interés, por el momento trataremos de contemplar las resoluciones más importantes de nuestro país. En esta primera publicación de la sección, a continuación, cuatro de nuestras abogadas presentan el análisis de tres sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En los tres casos México ha sido condenado por sus omisiones a garantizar una serie de derechos humanos, dentro de los que destacan el derecho a las mujeres a vivir una vida libre de violencia, el derecho a la protesta o de reunión, el derecho a la integridad personal, a la vida, a las garantías juridiciales, al acceso a la justicia y a la reparación integral del daño.


Cecilia Gabriela Rodriguez Quintero

Coordinadora de la sección Feminismo en la Corte de Revista las Libres. Licenciada en derecho por la UASLP. Estudiante de la Maestría en Derechos Humanos de la Ibero. Colectiva Sororidad Ciudadana Perspectiva Lila.




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